Decreto 366/2025: por qué podría ser inconstitucional y cómo afecta la ciudadanía argentina
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El debate sobre el Decreto 366/2025 ya llegó a los tribunales. Su constitucionalidad se cuestiona a partir de argumentos vinculados con la división de poderes, los requisitos de acceso a la ciudadanía y la protección de derechos fundamentales.
El debate en torno al Decreto 366/2025 ya no es una simple discusión teórica; hoy se litiga activamente en los tribunales contencioso-administrativos federales. Quienes solicitan la declaración de inconstitucionalidad de esta norma en cada nueva postulación no lo hacen por una mera disconformidad administrativa, sino basados en cuatro argumentos jurídicos de extrema gravedad que resguardan la Ley Suprema de la Nación.
Si estás evaluando iniciar tu trámite de naturalización o necesitás defender un expediente en curso, estos son los pilares legales que tenés que conocer para proteger tus derechos.
1. Inexistencia de “necesidad y urgencia”
Posible violación del artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional
La Constitución Nacional prohíbe taxativamente al Poder Ejecutivo emitir disposiciones de carácter legislativo, reservando esta facultad de manera excepcional para condiciones extremas de absoluta imposibilidad de que el Congreso de la Nación pueda sesionar.
Al momento de dictarse el DNU 366/2025, el Poder Legislativo se encontraba funcionando con total normalidad. La reforma de una ley histórica y estructural como la Ley de Ciudadanía N.º 346, vigente desde 1869, por razones de “mera conveniencia política o velocidad administrativa” no constituiría una urgencia constitucional válida.
El cuestionamiento central: si no existía una emergencia institucional real, el Poder Ejecutivo habría invadido facultades legislativas reservadas de manera exclusiva al Congreso.
2. Vulneración de la división de poderes
El otorgamiento de la ciudadanía argentina es un acto de soberanía que históricamente la Carta Magna reservó al Poder Judicial de la Nación, garantizando así la máxima imparcialidad y el debido proceso.
El nuevo decreto pretende trasladar esta facultad a la órbita de la Dirección Nacional de Migraciones, un órgano dependiente de la estructura del Poder Ejecutivo.
¿Por qué es relevante este cambio?
El traspaso de competencias implica que la decisión de otorgar, demorar o denegar un derecho constitucional fundamental quede bajo el criterio de funcionarios pertenecientes al Poder Ejecutivo y no de jueces independientes. Según el planteo desarrollado, esto debilita el sistema republicano de pesos y contrapesos.
3. Exceso reglamentario y alteración de requisitos constitucionales
Artículo 28 de la Constitución Nacional
El artículo 20 de la Constitución Nacional establece como estándar de acceso que los extranjeros obtienen la nacionalización “residiendo dos años continuos en la Nación”.
El DNU 366/2025 alteraría el espíritu de este artículo al imponer restricciones que la Constitución no contempló expresamente, entre ellas:
- Residencia estrictamente formal y documentada: dejaría fuera períodos de arraigo de hecho.
- Salidas temporales del país: podrían ser prohibidas o penalizadas durante los dos años anteriores a la solicitud.
- Condiciones de carácter mercantil: se incorporaría una “vía rápida” de ciudadanía supeditada a la realización de inversiones económicas.
Principio constitucional invocado: de acuerdo con el artículo 28 de la Constitución Nacional, una norma de menor jerarquía no puede recortar, condicionar ni mercantilizar un derecho de base constitucional.
4. Afectación de derechos convencionales
La República Argentina está sujeta a pactos internacionales que gozan de jerarquía constitucional en los términos del artículo 75, inciso 22, entre ellos la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Estos instrumentos internacionales protegen el derecho a la nacionalidad y prohíben que los Estados adopten normas regresivas que dificulten el acceso a la identidad.
Desde esta perspectiva, la desorganización administrativa provocada por el traspaso de competencias —cuando opera en la práctica como una denegación del derecho por tiempo indeterminado— vulneraría el principio internacional de progresividad de los derechos humanos.
⚖️ Estrategia procesal: ¿cómo defenderse frente al decreto?
Frente a la resistencia de algunos juzgados a continuar con los trámites o aceptar nuevas solicitudes, la estrategia procesal debe definirse de acuerdo con el estado de cada expediente.
Trámites en curso iniciados antes del decreto
Cuando el expediente fue radicado bajo la vigencia de la modalidad judicial, el derecho a obtener una sentencia dictada por un juez se encuentra protegido, según el análisis del artículo, por el principio de preclusión. La estrategia consiste en utilizar recursos judiciales para exigir que el tribunal continúe con la producción de la prueba y dicte una sentencia definitiva, sin derivar el caso a la vía administrativa.
Nuevas solicitudes de ciudadanía
Para iniciar un trámite desde cero, el artículo propone presentar la demanda ante el Juez Federal de Primera Instancia junto con un planteo de inconstitucionalidad del Decreto 366/2025. La finalidad es solicitar que el juez declare la inaplicabilidad del decreto para el caso concreto y asuma el control del expediente bajo las garantías de la Constitución Nacional.
En síntesis: el cuestionamiento al Decreto 366/2025 se apoya en la falta de necesidad y urgencia, la alteración de la división de poderes, la incorporación de restricciones no previstas constitucionalmente y la posible afectación de derechos reconocidos por tratados internacionales.
El contenido de esta publicación es informativo y general. No reemplaza el asesoramiento jurídico individual ni el análisis de un expediente concreto.
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